miércoles, 29 de junio de 2016

MÁS PANELES SOLARES QUE PRODUZCAN ELECTRICIDAD.

Nos imaginamos que para cualquier autoridad de la energía debiera ser de gran beneficio que todas o casi todas las viviendas tuvieran paneles solares capaces de satisfacer sus propias necesidades de electricidad y que si se tuviera un excedente este sirviera para que las consuman las viviendas que tienen déficit, para crear centrales virtuales locales o, finalmente, para intercambiar con las compañías distribuidoras. ¿En qué medida la legislación existente incentiva o desincentiva este tipo de instalaciones? Es demasiado llamativo el contraste entre (1) el escaso número de vivienda que tienen instalaciones de paneles en zonas donde se dan condiciones “extraordinarias” de clima (como es para gran parte de la superficie del país) con mejoras tecnológicas que permiten mayor potencial de captación, menores costos de instalación, y que eliminan la contaminación de las plantas a combustible líquido y sólido y la (2) proliferación de construcciones e informaciones sobre nuevas centrales y plantas generadoras de electricidad y de tendidos de líneas dentro del territorio, que pertenecen de varias empresas nacionales y extranjeras, así como la decisión de nivelaciones de precios de los consumos residenciales, todo lo cual se refiere a empresas de diferentes orígenes y tamaños que no tienen por objetivo entregar sus producto a costo, sino que a generar sus legítimas utilidades o lucro. Por eso preguntamos: ¿Por qué no se toman las decisiones que sean más beneficiosas para los consumidores finales de electricidad, que demandan iluminación y calor (obteniendo los hogares mayor confort y menores costos potenciales)? ¿Por qué no se incentivan las instalaciones de centrales virtuales locales de almacenamiento de la electricidad producida por paneles domésticos, como se hace en otros países y se ayuda a reducir los costos de energía para las familias y, muy importantemente, a reducir la contaminación ambiental en muchas ciudades? ¿Por qué se elige el precio de transferencia sobre la base de “precios mayoristas”, que beneficia a las empresas y no sobre el “precio al consumidor” que beneficia a los hogares? ¿Hacia a donde se dirige, en este tema, el tan mentado principio de la igualdad? Si queremos ser modernos y usar los avances de las tecnologías avancemos en direcciones genuinas de: progreso, sustentabilidad, confort, descontaminación y costos.

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